domingo, 16 de noviembre de 2014

GARANTÍAS PARA ALQUILAR PISO EN LOGROÑO

¿ Cómo puedo alquilar mi piso en Logroño con las garantías de que no me dejarán de pagar?

Esta es una pregunta que , se hace mucha gente en estos tiempos en los que el miedo nos invade a todos. 
Hagamos una reflexión, antes de contestar a esta pregunta:
Generalmente nos dejamos llevar por la apariencia del inquilino, porque son conocidos o sencillamente porque nos parecen majos y conectamos bien con ellos. Bien, esto es un grave error que comete el propietario de un inmueble a la hora de alquilar. Nos dejamos llevar porque tiene buen trabajo, porque es el hijo de ..., el sobrino de... o mi vecino.
No digo que dejemos de hacer esto, digo que si no queremos tener problemas futuros con el inquilino, NO HAGAMOS ESTO. 
Si hablamos de números, y alquilar una vivienda, es cuestión de  números, tenemos que apartar la parte emocional de nuestro camino. Pongo un ejemplo; 
resulta que en nuestro banco, tenemos buena amistad con los empleados de la entidad, nos conocen bien, saben que somos de fiar, que cumplimos con nuestros compromisos y que somos personas responsables, pero aún así, si solicitamos un crédito, todo esto deja de tener valor y sólo se basarán en las garantías de pago que les podamos aportar no ? y es totalmente lógico, si hablamos de números, nos basaremos en los números.
Dicho esto, existe una forma efectiva de alquilar una vivienda con las garantías de que cobraremos el alquiler, esta es a través de los seguros de protección de pago específico para el alquiler , pero cuidado, como en todo lo que aseguramos existe una letra pequeña que debemos conocer para que , si llega el momento de reclamar la póliza no nos digan que esto cubre y esto no .

¿ QUÉ REQUISITOS DEBE CUMPLIR EL INQUILINO PARA QUE EL SEGURO DE PROTECCIÓN DE PAGOS DEL ALQUILER NOS CUBRA ? :

- Debe tener una antigüedad laboral mínima de un año 
- El importe del alquiler no debe superar el 30% de sus ingresos
- No debe estar en listas de morosos ( tipo Asnef y similar)

Si no cumple estos requisitos el seguro no se hará cargo, aunque hayas contratado y pagado dicho seguro.

¿ Qué podemos hacer si el inquilino nos gusta y no cumple estas condiciones ?, deberemos pedirle que aporte otra persona, que podamos incluir en el contrato que sí cumpla con estos requisitos, su padre, un hermano, amigo,etc. Si no es capaz de aportar garantías  por si mismo, deberá aportar a alguien que las cumpla por él ( igual que cuando pides un crédito, si tú sólo no puedes, te pedirán un aval )
Para comprobar todo esto le debemos solicitar : DNI,  y última nómina de todos los miembros de la unidad familiar que vayan a residir en el inmueble y/o de los garantes. 

QUE COBERTURAS TIENE EL SEGURO DE PROTECCIÓN DE PAGO AL ALQUILER  SI EL INQUILINO CUMPLE LOS REQUISITOS ?

- El pago del alquiler hasta de un año (se supone que el desahucio se produce mucho antes ) con una carencia de un mes, que cubre la propia fianza .
- Asesoría Jurídica, generalmente telefónicamente y son ellos los que te indican como actuar en este caso.
- Desperfectos ocasionados en el inmueble hasta un máximo de 3.000 €

Como podréis observar las coberturas son bastante amplias ya que tendréis un abogado que os indique como proceder, tendréis el alquiler cubierto mientras dure el proceso de desalojo y, al menos unos desperfectos mínimos cubiertos.

Otro error frecuente que se suele cometer es dar demasiada tregua al inquilino, si paga mal un mes, difícilmente pagará bien dos meses y así sucesivamente,  no hay que dejar de margen nunca más de dos meses, ya que si las mensualidades se acumulan será más difícil cobrar y más desagradable el asunto. Somos conscientes de que las familias pasan por malas situaciones, pero tu no tienes la culpa de ello, esto es un problema de cada cual, al que no les da  derecho a privar de lo que le corresponde a su casero.

¿ QUÉ COMPAÑÍAS EMITEN  ESTE TIPO DE PÓLIZAS ?

Actualmente casi todas, pregunta a tu compañía de seguros habitual o si quieres puedes contactar con nosotros y te facilitaremos el nombre de alguna de ellas :

http://www.ateneva.com/contacto/

¿ CUÁNTO CUESTAN ESTOS SEGUROS?

Generalmente suele sen entre un 50-60% de una mensualidad al año ( si el alquiler son 400 €, el seguro te costará sobre 200-250 € al año)
Y lo mejor es que, como el contratante de la póliza y el beneficiario de la misma, es el propietario del inmueble, podemos solicitar y renovar la póliza sin el consentimiento del inquilino, simplemente solicitándole cada año al inquilino nuevamente una nómina para comprobar que sigue cumpliendo los requisitos para las coberturas contratadas.  

Esperamos de corazón que este artículo le sirva de ayuda, para cualquier otra consulta estamos a si disposición a través de la página de contacto de nuestra web     http://www.ateneva.com/contacto/  

Ateneva Inmobiliaria 


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